Guía sobre gestión de procedimientos aduaneros

Normativa aduanera y la introducción de mercancías en el territorio aduanero

Aduanas. Concepto de Unión Aduanera

Las aduanas son oficinas gubernamentales encargadas de controlar el tráfico internacional de mercancías que se importan y exportan. Constituyen la primera barrera de contacto entre países y desempeñan un papel fundamental en la aplicación de la política comercial de una nación o territorio económico.

Una Unión Aduanera representa un acuerdo entre dos o más países que deciden eliminar las barreras arancelarias entre ellos, creando un territorio único a efectos comerciales, mientras establecen un arancel exterior común frente a terceros países. Este concepto va más allá del simple intercambio comercial, pues implica una armonización de políticas y procedimientos aduaneros.

Asociación de Libre Comercio. Unión Arancelaria

La Asociación de Libre Comercio constituye un acuerdo entre países donde se eliminan o reducen significativamente aranceles, cuotas y preferencias sobre la mayoría de bienes y servicios comercializados entre ellos. A diferencia de la Unión Aduanera, cada país mantiene su propia política comercial y aranceles frente a terceros.

Por su parte, la Unión Arancelaria representa una etapa intermedia entre la zona de libre comercio y la unión aduanera completa. En este modelo, los países miembros acuerdan establecer un arancel exterior común, pero pueden mantener ciertas diferencias en otros aspectos de sus políticas comerciales.

La Unión Aduanera de la UE

La Unión Aduanera de la Unión Europea, establecida en 1968, constituye uno de los pilares fundamentales de la integración europea y del mercado único. Sus características principales incluyen:

  • Ausencia de derechos de aduana en las fronteras entre los países de la UE
  • Derechos de aduana comunes sobre las importaciones procedentes de fuera de la UE
  • Normas de origen comunes para productos de terceros países
  • Una definición común del valor en aduana
  • Una política comercial uniforme

Este sistema permite que las mercancías circulen libremente dentro de la UE una vez que han entrado en el territorio aduanero comunitario y han cumplido con todas las formalidades de importación.

Asociaciones de Libre Comercio y Uniones Arancelarias en el Mundo

Además de la Unión Europea, existen diversos bloques comerciales que han establecido diferentes niveles de integración:

  • MERCOSUR (Mercado Común del Sur): Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Venezuela
  • EFTA (Asociación Europea de Libre Comercio): Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza
  • ASEAN (Asociación de Naciones del Sudeste Asiático): integrada por diez países del sudeste asiático
  • USMCA (Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá): sustituto del NAFTA
  • Unión Aduanera Euroasiática: Rusia, Bielorrusia, Kazajistán, Armenia y Kirguistán
  • SACU (Unión Aduanera de África Austral): Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Namibia y Eswatini

Cada uno de estos bloques presenta características específicas en cuanto a su nivel de integración, políticas arancelarias y relaciones con terceros países.

El Código Aduanero Comunitario

El Código Aduanero de la Unión (CAU), establecido mediante el Reglamento (UE) nº 952/2013, constituye el marco jurídico fundamental para las normas y procedimientos aduaneros en todo el territorio aduanero de la UE. Entró en vigor el 1 de mayo de 2016, reemplazando al anterior Código Aduanero Comunitario.

Los objetivos principales del CAU incluyen:

  • Modernizar y simplificar los procedimientos aduaneros
  • Completar la transición a un entorno aduanero electrónico y sin papel
  • Reforzar la seguridad en las fronteras exteriores
  • Introducir el concepto de Operador Económico Autorizado
  • Centralizar el despacho aduanero
  • Armonizar los procedimientos entre todos los Estados miembros

El CAU constituye la columna vertebral de la operativa aduanera en la UE, estableciendo los principios básicos y proporcionando el marco para la implementación de los procedimientos específicos.

Funciones de la aduana

Las aduanas modernas desempeñan múltiples funciones que van más allá de la mera recaudación fiscal:

  1. Función recaudatoria: Cobro de derechos arancelarios, IVA a la importación e impuestos especiales.
  2. Función de protección económica: Aplicación de medidas de defensa comercial (antidumping, antisubvención, salvaguardias).
  3. Función estadística: Recopilación de datos sobre el comercio exterior.
  4. Función de protección de la sociedad: Control de productos que puedan afectar a la salud, seguridad, medio ambiente o patrimonio cultural.
  5. Función de facilitación del comercio legítimo: Simplificación de procedimientos para los operadores que cumplen con las normativas.

Estas funciones se ejercen mediante diversos mecanismos de control, que pueden ser documentales (revisión de declaraciones y certificados), físicos (inspección de mercancías) o posteriores al despacho (auditorías).

Los nuevos requisitos de seguridad en Aduanas

Tras los atentados del 11 de septiembre de 2001 y el incremento de amenazas globales, las aduanas han incorporado la seguridad como una prioridad. La UE ha implementado diversas medidas:

  • Sistema de Control de Importaciones (ICS): Requiere la presentación de información de seguridad antes de la llegada de la mercancía.
  • Sistema de Control de Exportaciones (ECS): Permite el seguimiento electrónico de los movimientos de exportación.
  • Análisis de riesgos de seguridad: Aplicación de criterios comunes para identificar envíos de alto riesgo.
  • Escáneres y tecnologías de detección: Implementación de equipos avanzados para la inspección no intrusiva.
  • Programa de Operador Económico Autorizado (OEA): Certificación para operadores confiables.

Estos requisitos buscan equilibrar la necesidad de seguridad con la facilitación del comercio legítimo, aplicando controles más estrictos solo donde sea necesario.

El Representante Aduanero

El Representante Aduanero es la persona física o jurídica designada por un operador económico para realizar los trámites aduaneros en su nombre. Con el CAU, este concepto ha sustituido al tradicional agente de aduanas, ampliando sus posibilidades de actuación.

Existen dos modalidades de representación:

  • Representación directa: El representante actúa en nombre y por cuenta del operador.
  • Representación indirecta: El representante actúa en nombre propio pero por cuenta del operador.

Para ejercer como representante aduanero se requiere:

  • Estar establecido en el territorio aduanero de la UE
  • Cumplir los criterios establecidos en el artículo 39 del CAU
  • En muchos Estados miembros, contar con una habilitación específica

El representante aduanero asume importantes responsabilidades en cuanto a la exactitud de la información proporcionada y el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los regímenes aduaneros.

Elementos clave de la interacción con la aduana

Clasificación

La clasificación arancelaria es el proceso mediante el cual se asigna a cada mercancía un código numérico específico que determina los derechos arancelarios aplicables y las medidas de política comercial correspondientes. Una correcta clasificación resulta fundamental para asegurar el cumplimiento de la normativa aduanera y evitar posibles sanciones o retrasos.

Identificación de los códigos de las mercancías

La identificación del código correcto para una mercancía requiere un análisis detallado de sus características físicas, composición, función y uso previsto. Los criterios de clasificación están establecidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado, que proporcionan un método sistemático para determinar la clasificación correcta incluso en casos complejos.

Este proceso puede resultar especialmente desafiante para:

  • Productos multifuncionales
  • Artículos compuestos por diferentes materiales
  • Productos de nueva tecnología
  • Productos semiacabados o componentes

Para facilitar esta tarea, las autoridades aduaneras ofrecen diversos recursos como notas explicativas, dictámenes de clasificación y la posibilidad de solicitar Informaciones Arancelarias Vinculantes (IAV).

El Sistema Armonizado de Clasificación Arancelaria

El Sistema Armonizado (SA) es una nomenclatura internacional multiusos desarrollada por la Organización Mundial de Aduanas (OMA). Constituye la base de prácticamente todos los aranceles aduaneros del mundo y se utiliza en más de 200 países y economías como fundamento para sus aranceles aduaneros y para la recopilación de estadísticas de comercio internacional.

Características principales:

  • Estructura jerárquica que comprende 21 secciones y 99 capítulos
  • Códigos de 6 dígitos comunes a nivel internacional
  • Revisiones periódicas (aproximadamente cada 5 años) para adaptarse a los cambios tecnológicos y comerciales
  • Sistema de notas explicativas y reglas de interpretación

El SA clasifica las mercancías según criterios como el material de fabricación, la función, la aplicación o el grado de elaboración, siguiendo generalmente un orden de menor a mayor grado de complejidad o procesamiento.

La Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

La Nomenclatura Combinada (NC) es la nomenclatura arancelaria y estadística de la Unión Europea, basada en el Sistema Armonizado pero con un mayor nivel de detalle. Añade dos dígitos adicionales a los 6 del SA, creando códigos de 8 dígitos que permiten una clasificación más específica adaptada a las necesidades comerciales y estadísticas europeas.

La NC se actualiza anualmente mediante un Reglamento de la Comisión Europea, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, que entra en vigor el 1 de enero de cada año. Esta nomenclatura sirve como base para:

  • El Arancel Aduanero Común
  • Las estadísticas de comercio exterior de la UE (Intrastat y Extrastat)
  • Diversas políticas comerciales específicas de la UE

La correcta aplicación de la NC es esencial para garantizar la uniformidad en el tratamiento arancelario en todos los Estados miembros.

El Arancel Integrado de las Comunidades Europeas (TARIC)

El TARIC (Tarif Intégré des Communautés Européennes) representa un paso adicional en la especificidad de la clasificación, añadiendo dos dígitos más a los 8 de la Nomenclatura Combinada, para llegar a códigos de 10 dígitos. Esta herramienta integra todas las medidas relativas a la legislación arancelaria, comercial y agrícola de la UE.

El TARIC incluye:

  • Suspensiones arancelarias temporales
  • Contingentes arancelarios
  • Preferencias arancelarias (incluyendo acuerdos de libre comercio)
  • Medidas antidumping y antisubvención
  • Valores agrícolas de referencia
  • Prohibiciones y restricciones a la importación/exportación
  • Vigilancia estadística

Aunque el TARIC no tiene estatus legal por sí mismo (el valor legal lo mantienen los reglamentos específicos), constituye una herramienta indispensable para los operadores económicos y las administraciones aduaneras, ya que compila toda la información relevante asociada a cada código de mercancía.

Nociones básicas de clasificación arancelaria

La clasificación arancelaria sigue un proceso sistemático basado en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado:

  1. Identificar la mercancía: naturaleza, función, composición, estado
  2. Determinar la Sección y Capítulo potencialmente aplicables
  3. Revisar las Notas de Sección y Capítulo para posibles inclusiones o exclusiones
  4. Identificar la partida (4 dígitos) más específica
  5. Dentro de la partida, determinar la subpartida (6 dígitos) aplicable
  6. Aplicar la Nomenclatura Combinada para llegar al código de 8 dígitos
  7. Si es necesario, consultar el TARIC para el código completo de 10 dígitos

Para mercancías complejas, se aplican reglas específicas:

  • Los artículos mixtos o compuestos se clasifican según el material o componente que les confiera su carácter esencial
  • Los artículos presentados en conjuntos o surtidos se clasifican según el componente que determine su carácter esencial
  • Las mercancías que no pueden clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasifican en la partida correspondiente a las mercancías más análogas

La correcta clasificación requiere conocimientos técnicos y experiencia, siendo a menudo recomendable consultar con especialistas o solicitar resoluciones vinculantes a las autoridades aduaneras.

Origen de las mercancías

El origen de las mercancías constituye otro pilar fundamental de la tributación aduanera y determina qué tratamiento arancelario recibirá un producto. Existen dos conceptos diferentes de origen en la normativa aduanera:

Origen preferencial

El origen preferencial permite que las mercancías se beneficien de reducciones o exenciones arancelarias en el marco de acuerdos comerciales entre la UE y determinados países o grupos de países. Para beneficiarse de estas preferencias, las mercancías deben:

  1. Estar cubiertas por el acuerdo preferencial correspondiente
  2. Cumplir con las reglas de origen específicas establecidas en dicho acuerdo
  3. Contar con la prueba documental adecuada (certificado de origen, declaración en factura, etc.)

Las reglas de origen preferencial varían según el acuerdo y el producto, pero generalmente se basan en:

  • Productos obtenidos enteramente en un país
  • Productos suficientemente transformados (cambio de partida arancelaria, valor añadido, transformaciones específicas)
  • Acumulación de origen (bilateral, diagonal, total)
  • Tolerancias para materiales no originarios

La UE mantiene acuerdos preferenciales con numerosos países y regiones, incluyendo el Espacio Económico Europeo, países mediterráneos, ACP (África, Caribe y Pacífico), Corea del Sur, Canadá, Japón, entre otros.

Origen no preferencial

El origen no preferencial se utiliza para aplicar:

  • El arancel aduanero normal (nación más favorecida)
  • Medidas de defensa comercial (antidumping, antisubvención)
  • Restricciones cuantitativas
  • Estadísticas comerciales
  • Contratación pública
  • Marcado de origen (“Made in…”)

Los criterios para determinar el origen no preferencial son:

  • Mercancías obtenidas enteramente en un país
  • Última transformación sustancial, económicamente justificada, realizada en una empresa equipada a tal efecto, y que haya conducido a la fabricación de un producto nuevo o que represente un estadio de fabricación importante

La determinación del origen no preferencial puede resultar compleja, especialmente para productos cuyos componentes o procesos de fabricación involucran varios países.

Documentos asociados

La prueba del origen puede establecerse mediante diversos documentos, dependiendo del tipo de origen y del acuerdo aplicable:

Para origen preferencial:

  • Certificado de circulación EUR.1 o EUR-MED
  • Declaración en factura o declaración de origen
  • Certificado de origen Form A (para el Sistema de Preferencias Generalizadas)
  • Documento de origen REX (Registered Exporter)
  • Certificado de origen ATR (para Turquía)

Para origen no preferencial:

  • Certificado de origen de la Cámara de Comercio
  • Declaración del fabricante
  • Informes técnicos y documentación de producción

Estos documentos deben conservarse durante un período mínimo (generalmente 3 años) para posibles verificaciones posteriores por parte de las autoridades aduaneras.

El valor en Aduana. Concepto. Métodos de valoración

El valor en aduana es la base imponible sobre la que se aplican los derechos arancelarios ad valorem y constituye un elemento fundamental del sistema aduanero. Su determinación está regulada por el Acuerdo de Valoración del GATT (ahora OMC), incorporado a la legislación aduanera de la UE.

Concepto

El valor en aduana debe reflejar el valor económico real de las mercancías importadas e incluye:

  • El precio realmente pagado o por pagar por las mercancías
  • Ajustes específicos (comisiones, royalties, costes de transporte, etc.)

El concepto se basa en principios de neutralidad, uniformidad y equidad, buscando un sistema que no discrimine entre diferentes fuentes de suministro y que no pueda utilizarse para introducir barreras encubiertas al comercio.

Métodos de valoración

El Código Aduanero establece seis métodos de valoración, que deben aplicarse en orden secuencial:

  1. Valor de transacción: Precio realmente pagado o por pagar por las mercancías, ajustado según elementos específicos. Es el método principal y se aplica en aproximadamente el 90% de las importaciones.
  2. Valor de transacción de mercancías idénticas: Valor de transacción de mercancías idénticas vendidas para la exportación con destino a la UE y exportadas en el mismo momento o en uno aproximado.
  3. Valor de transacción de mercancías similares: Similar al anterior, pero para mercancías que, aunque no sean idénticas, tengan características y composición semejantes.
  4. Método deductivo: Basado en el precio de venta en la UE, deduciendo beneficios, gastos de venta posteriores a la importación, derechos de aduana e impuestos.
  5. Método del valor calculado: Suma del coste de producción, beneficios y gastos generales, y gastos de transporte hasta la entrada en la UE.
  6. Método del último recurso: Determinación razonable utilizando criterios compatibles con los principios del Acuerdo de Valoración, aplicando con flexibilidad los métodos anteriores.

La correcta aplicación de estos métodos requiere documentación adecuada, como facturas comerciales, contratos, documentos de transporte y seguros, y en casos complejos, puede ser necesario consultar con las autoridades aduaneras.

Política Arancelaria: Modificaciones de los tipos arancelarios

La política arancelaria de la UE constituye un instrumento dinámico que se adapta a las necesidades económicas, comerciales y estratégicas. Las modificaciones de los tipos arancelarios pueden producirse por diversas razones:

  • Reducciones multilaterales: Negociadas en el marco de la OMC
  • Acuerdos preferenciales: Establecidos bilateralmente con países o regiones específicas
  • Suspensiones arancelarias autónomas: Para materias primas o componentes no disponibles en la UE
  • Contingentes arancelarios: Cantidades limitadas con reducción o exención arancelaria
  • Medidas de defensa comercial: Incrementos arancelarios para contrarrestar prácticas desleales

Estas modificaciones se publican en el Diario Oficial de la UE y se integran en el TARIC, siendo responsabilidad de los operadores mantenerse actualizados sobre los cambios que afecten a sus productos.

Regímenes comerciales: protección comercial. Seguridad. Medidas de defensa comercial

La UE aplica diversos regímenes comerciales para regular el flujo de mercancías:

  1. Régimen general: Aplicación de los aranceles normales (nación más favorecida)
  2. Regímenes preferenciales: Derivados de acuerdos de libre comercio o sistemas como el SPG
  3. Regímenes de protección comercial:
    • Medidas antidumping: Contra importaciones a precios inferiores al valor normal
    • Medidas antisubvención: Contra importaciones subvencionadas por gobiernos extranjeros
    • Medidas de salvaguardia: Protección temporal contra aumentos repentinos de importaciones
  4. Regímenes de seguridad:
    • Control de productos de doble uso (civil y militar)
    • Restricciones a bienes culturales
    • Controles CITES para especies protegidas
    • Controles sanitarios y fitosanitarios

Estos regímenes se aplican mediante diversos instrumentos como licencias, certificados, inspecciones y, en casos extremos, prohibiciones totales de importación o exportación.

Identificación de los Derechos Arancelarios

Los derechos arancelarios aplicables a una mercancía dependen de tres elementos fundamentales:

  1. Clasificación arancelaria: Determina el tipo base aplicable según el TARIC
  2. Origen: Establece si se aplican preferencias arancelarias
  3. Valor en aduana: Constituye la base imponible para los derechos ad valorem

Los tipos de derechos arancelarios incluyen:

  • Ad valorem: Expresados como porcentaje del valor en aduana
  • Específicos: Cantidad fija por unidad de medida (peso, volumen, unidades)
  • Mixtos: Combinación de ad valorem y específicos
  • Compuestos: Elección entre ad valorem o específico, según cuál sea mayor o menor
  • Estacionales: Varían según la época del año (habitual en productos agrícolas)

La información sobre los derechos aplicables puede consultarse en el TARIC electrónico, disponible en el sitio web de la Comisión Europea y en los portales de las administraciones aduaneras nacionales.

Franquicias arancelarias. Los Impuestos Especiales

Franquicias arancelarias

Las franquicias arancelarias permiten la importación de determinadas mercancías con exención total o parcial de derechos, por razones específicas:

  • Franquicias por destino especial: Para mercancías destinadas a fines específicos (investigación, educación, etc.)
  • Franquicias por situación especial: Para mudanzas, herencias, regalos, etc.
  • Franquicias diplomáticas: Para misiones diplomáticas y organizaciones internacionales
  • Franquicias por bajo valor: Para envíos de escaso valor (hasta 150€)
  • Franquicias para viajeros: Exenciones para efectos personales y compras de viajeros

Estas franquicias están reguladas por el Reglamento (CE) nº 1186/2009 y suelen requerir condiciones específicas y, en algunos casos, autorizaciones previas.

Los Impuestos Especiales

Además de los derechos arancelarios y el IVA, determinadas mercancías están sujetas a impuestos especiales:

  • Alcohol y bebidas alcohólicas: Cerveza, vino, productos intermedios y bebidas espirituosas
  • Labores del tabaco: Cigarrillos, cigarros, picadura, etc.
  • Hidrocarburos: Gasolinas, gasóleos, fuelóleos, etc.
  • Electricidad: Consumo eléctrico

Estos impuestos tienen una doble finalidad recaudatoria y de control del consumo de productos considerados nocivos o con impacto medioambiental. Su gestión está armonizada a nivel europeo pero con tipos impositivos que varían entre Estados miembros.

La circulación de productos sujetos a impuestos especiales está sometida a controles específicos, principalmente mediante el sistema EMCS (Excise Movement and Control System) y documentos como el e-AD (Documento Administrativo Electrónico).

Controles para-aduaneros

Inspecciones. Qué tipología

Los controles para-aduaneros complementan los controles aduaneros tradicionales y son realizados por organismos distintos de la aduana pero coordinados con ella. Estos controles buscan garantizar que las mercancías cumplan con requisitos específicos más allá de los meramente arancelarios.

Tipología de inspecciones

  1. Inspecciones sanitarias: Realizadas por servicios de sanidad para proteger la salud humana
    • Control sanitario de productos alimenticios de origen no animal
    • Control veterinario de productos de origen animal
    • Control farmacéutico para medicamentos y productos sanitarios
  2. Inspecciones fitosanitarias: Para evitar la introducción de plagas y enfermedades vegetales
    • Control de plantas vivas
    • Control de productos vegetales
    • Control de materiales de embalaje de madera
  3. Inspecciones de calidad comercial: Verifican el cumplimiento de estándares mínimos de calidad
  4. Inspecciones de seguridad: Para productos potencialmente peligrosos
    • Control de productos químicos
    • Control de precursores de drogas
    • Control de material de defensa y doble uso
  5. Inspecciones medioambientales: Para proteger el medio ambiente
    • Control de especies protegidas (CITES)
    • Control de residuos
    • Control de sustancias que agotan la capa de ozono

Estas inspecciones pueden realizarse:

  • Documentalmente: Revisión de certificados y documentación
  • De identidad: Comprobación de concordancia entre documentos y mercancía
  • Físicamente: Examen físico, toma de muestras y análisis

La coordinación entre las aduanas y estos servicios de inspección se realiza, en muchos casos, a través de ventanillas únicas electrónicas que permiten centralizar los trámites.

Certificados. Diferentes tipos

Los certificados son documentos emitidos por autoridades competentes que garantizan el cumplimiento de determinados requisitos. Son esenciales para el despacho de mercancías sujetas a controles para-aduaneros.

Principales tipos de certificados

  1. Certificados sanitarios:
    • Certificado sanitario de exportación (CSE)
    • Documento veterinario común de entrada (DVCE)
    • Documento común de entrada (DCE)
    • Certificado de libre venta para cosméticos
  2. Certificados fitosanitarios:
    • Certificado fitosanitario internacional
    • Pasaporte fitosanitario (para movimientos dentro de la UE)
  3. Certificados de calidad y conformidad:
    • Certificado SOIVRE para productos agroalimentarios
    • Certificado de conformidad para productos industriales
    • Certificado de análisis para ciertos productos químicos
    • Marcado CE (no es propiamente un certificado, pero cumple una función similar)
  4. Certificados medioambientales:
    • Permiso CITES para especies protegidas
    • Certificado de origen legal de la madera (FLEGT)
    • Certificado para residuos (notificación de traslado)
  5. Certificados de seguridad:
    • Autorización para material de defensa
    • Autorización para productos de doble uso
    • Autorización para precursores de explosivos
    • Licencia para precursores de drogas
  6. Otros certificados específicos:
    • Certificado Kimberley para diamantes en bruto
    • Licencia AGRIM/AGREX para productos agrícolas
    • Certificado de captura para productos pesqueros

Estos certificados deben ser obtenidos generalmente antes de la importación o exportación y presentados durante el despacho aduanero. Muchos de ellos requieren inspecciones previas o están vinculados a autorizaciones específicas que los operadores deben tramitar con antelación.

La digitalización de estos trámites, a través de sistemas como TRACES (TRAde Control and Expert System) de la UE, ha facilitado en gran medida su gestión, aunque siguen existiendo procedimientos en papel para ciertos destinos o productos.

Regímenes de la mercancía

Exportación/Importación

Los regímenes de exportación e importación constituyen los procedimientos básicos del comercio internacional, cada uno con sus propias particularidades y requisitos.

Régimen de importación

El régimen de importación o “despacho a libre práctica” permite que mercancías no comunitarias adquieran el estatuto aduanero de mercancías de la Unión. Implica:

  1. Presentación de la declaración: Mediante el Documento Único Administrativo (DUA)
  2. Aplicación de derechos arancelarios e impuestos:
    • Derechos de importación
    • IVA a la importación
    • Impuestos especiales (cuando proceda)
  3. Aplicación de medidas de política comercial:
    • Restricciones cuantitativas
    • Vigilancia previa
    • Medidas antidumping o antisubvención
  4. Cumplimiento de formalidades no arancelarias:
    • Certificados sanitarios, fitosanitarios, etc.
    • Normas técnicas y de seguridad
    • Controles de calidad

La mercancía queda en libre disposición del importador una vez completado el despacho y pagados los derechos correspondientes.

Régimen de exportación

El régimen de exportación permite la salida de mercancías comunitarias del territorio aduanero de la UE. Sus características principales son:

  1. Presentación de la declaración de exportación: Generalmente mediante DUA electrónico
  2. Exención del IVA y posible desgravación fiscal
  3. Control de restricciones y prohibiciones:
    • Bienes de doble uso
    • Patrimonio histórico
    • Especies protegidas
  4. Justificación documental para operaciones comerciales
  5. Base para las estadísticas de comercio exterior

El proceso de exportación culmina con la salida efectiva de la mercancía del territorio aduanero, confirmada mediante el “visto salir” que da validez legal a la operación y permite justificar la exención del IVA.

Regímenes suspensivos

Los regímenes suspensivos permiten el almacenamiento, utilización o transformación de mercancías no comunitarias sin que estén sujetas a derechos de importación, otros gravámenes o medidas de política comercial. Estos regímenes ofrecen ventajas económicas significativas y flexibilidad operativa para las empresas.

Tránsito

El régimen de tránsito permite la circulación de mercancías no comunitarias entre dos puntos del territorio aduanero de la UE, suspendiendo temporalmente los derechos y demás gravámenes hasta llegar a su destino final. Existen varias modalidades:

  1. Tránsito externo de la Unión (T1): Para mercancías no comunitarias que circulan:
    • Entre dos puntos de la UE
    • Desde un punto de entrada en la UE hacia otro Estado miembro
    • Hacia un país de tránsito común (Suiza, Noruega, etc.)
  2. Tránsito interno de la Unión (T2): Para mercancías comunitarias que circulan:
    • Entre dos puntos de la UE pasando por un país de tránsito común
    • Entre la UE y territorios especiales (Canarias, etc.)
  3. TIR (Transporte Internacional por Carretera): Sistema internacional utilizado principalmente para transportes por carretera hacia/desde países no pertenecientes a la UE.
  4. ATA (Admission Temporaire/Temporary Admission): Sistema para la importación temporal de determinadas mercancías (muestras comerciales, material profesional, artículos para ferias y exposiciones).

El tránsito requiere garantías financieras para asegurar el pago de la deuda aduanera en caso de incumplimiento y se gestiona actualmente mediante el sistema electrónico NCTS (New Computerized Transit System).

Depósito aduanero

El depósito aduanero es un régimen que permite almacenar mercancías no comunitarias en instalaciones autorizadas, suspendiendo el pago de derechos e impuestos hasta su destino final. Se distinguen varios tipos:

  1. Depósito público: Utilizable por cualquier persona para el almacenamiento de mercancías
    • Tipo I: Responsabilidad completa del depositario
    • Tipo II: Responsabilidad compartida entre depositario y depositantes
    • Tipo III: Gestionado por la autoridad aduanera
  2. Depósito privado: Para uso exclusivo del titular de la autorización
    • Tipo D: Con despacho por procedimiento de domiciliación
    • Tipo E: Sin lugar específico autorizado
    • Tipo F: Gestionado por la autoridad aduanera

Las principales ventajas del depósito aduanero incluyen:

  • Aplazamiento del pago de derechos e impuestos
  • Posibilidad de realizar manipulaciones usuales
  • Almacenamiento por tiempo ilimitado (con excepciones)
  • Valor en aduana determinado al extraer la mercancía
  • Posibilidad de reexportación sin pago de derechos

Zonas francas y depósitos francos

Las zonas francas y depósitos francos son áreas delimitadas del territorio aduanero donde se pueden introducir mercancías no comunitarias sin estar sujetas a derechos de importación, IVA o medidas de política comercial. Con el nuevo CAU, solo existen zonas francas, habiendo desaparecido la figura del depósito franco.

Características principales:

  • Perímetro delimitado con puntos de entrada y salida controlados
  • Posibilidad de realizar actividades industriales, comerciales o de servicios
  • Permanencia ilimitada de las mercancías
  • Simplificación de trámites aduaneros
  • Posibilidad de introducir tanto mercancías no comunitarias como comunitarias

En España, destacan las zonas francas de Barcelona, Vigo, Cádiz, Gran Canaria y Tenerife.

Perfeccionamiento activo

El régimen de perfeccionamiento activo permite importar mercancías no comunitarias para someterlas a operaciones de transformación, elaboración o reparación y posteriormente reexportar los productos resultantes, sin pago de derechos ni aplicación de medidas de política comercial.

Operaciones permitidas:

  • Transformación de mercancías
  • Elaboración de mercancías, incluido su montaje o ensamblaje
  • Reparación de mercancías
  • Utilización de ciertas mercancías que, sin formar parte del producto final, permiten o facilitan su obtención

Ventajas principales:

  • No pago de derechos por las materias primas o componentes importados
  • Mejora de la competitividad de la industria exportadora
  • Mantenimiento del empleo en sectores orientados a la exportación
  • Posibilidad de combinar con otros regímenes aduaneros

El régimen puede finalizarse mediante:

  • Reexportación de los productos transformados
  • Inclusión en otro régimen aduanero
  • Despacho a libre práctica (pagando los derechos correspondientes)
  • Destrucción bajo control aduanero

Perfeccionamiento pasivo

El régimen de perfeccionamiento pasivo permite exportar temporalmente mercancías comunitarias para someterlas a operaciones de transformación, elaboración o reparación en países terceros y posteriormente reimportar los productos resultantes con exención total o parcial de derechos.

Operaciones cubiertas:

  • Transformación o elaboración
  • Reparación, incluso restauración y puesta a punto
  • Montaje o ensamblaje

Ventajas principales:

  • Pago de derechos únicamente sobre el valor añadido en el extranjero
  • Acceso a tecnologías, conocimientos o costes más ventajosos
  • Mantenimiento del vínculo con clientes extranjeros
  • Posibilidad de ampliación de mercados

El régimen es especialmente utilizado en sectores como textil, electrónica, automoción y reparación de maquinaria.

Importación temporal

El régimen de importación temporal permite utilizar mercancías no comunitarias en el territorio aduanero de la UE con exención total o parcial de derechos de importación y sin aplicación de medidas de política comercial, siempre que:

  • Se destinen a la reexportación sin haber sufrido modificaciones (excepto depreciación normal)
  • Permanezcan en la UE por un período limitado (generalmente máximo 24 meses)
  • Cumplan con las condiciones específicas para la exención

Casos con exención total:

  • Material profesional
  • Mercancías para exposiciones o ferias
  • Material pedagógico y científico
  • Material médico, quirúrgico y de laboratorio
  • Medios de transporte
  • Contenedores, paletas y embalajes
  • Catástrofes naturales

Casos con exención parcial:

  • Mercancías que no cumplen todas las condiciones para la exención total
  • Se paga un 3% mensual del total de derechos que correspondería pagar

Este régimen puede gestionarse mediante un DUA o, en casos específicos, mediante cuadernos ATA para facilitar la circulación internacional de determinadas mercancías.

Otros elementos clave de la operativa internacional

INCOTERMS® 2020

Los INCOTERMS® (International Commercial Terms) son un conjunto de reglas internacionales establecidas por la Cámara de Comercio Internacional (CCI) que definen y reparten las obligaciones, gastos y riesgos del transporte internacional y del seguro entre comprador y vendedor. La versión actual, INCOTERMS® 2020, entró en vigor el 1 de enero de 2020.

Clasificación de los INCOTERMS® 2020

Los INCOTERMS® 2020 se clasifican en dos categorías según el modo de transporte:

  1. Para cualquier modo o modos de transporte:
    • EXW (Ex Works): El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones. Mínima obligación para el vendedor.
    • FCA (Free Carrier): El vendedor entrega la mercancía al transportista designado por el comprador en el lugar acordado.
    • CPT (Carriage Paid To): El vendedor contrata y paga el transporte hasta el destino designado, pero el riesgo se transfiere al comprador cuando se entrega la mercancía al primer transportista.
    • CIP (Carriage and Insurance Paid to): Similar a CPT, pero el vendedor también contrata y paga un seguro con cobertura amplia.
    • DAP (Delivered at Place): El vendedor entrega la mercancía puesta a disposición del comprador en el lugar designado, sin descargar y sin despachar de importación.
    • DPU (Delivered at Place Unloaded): El vendedor entrega la mercancía puesta a disposición del comprador en el lugar designado, descargada pero sin despachar de importación.
    • DDP (Delivered Duty Paid): El vendedor entrega la mercancía, despachada de importación, en el lugar convenido. Máxima obligación para el vendedor.
  2. Para transporte marítimo y vías navegables interiores:
    • FAS (Free Alongside Ship): El vendedor entrega la mercancía colocándola al costado del buque designado por el comprador.
    • FOB (Free On Board): El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque designado por el comprador.
    • CFR (Cost and Freight): El vendedor entrega la mercancía a bordo del buque y paga el flete hasta el puerto de destino, pero el riesgo se transfiere al comprador cuando la mercancía está a bordo.
    • CIF (Cost, Insurance and Freight): Similar a CFR, pero el vendedor también contrata y paga un seguro con cobertura mínima.

Elementos clave definidos por los INCOTERMS®

Los INCOTERMS® determinan aspectos fundamentales de la transacción comercial:

  1. Distribución de gastos entre comprador y vendedor:
    • Embalaje y verificación
    • Carga y transporte interior en origen
    • Despacho de exportación
    • Manipulaciones y carga en el transporte principal
    • Flete internacional
    • Seguro de transporte
    • Descarga en destino
    • Despacho de importación y aranceles
    • Transporte interior en destino
  2. Transmisión del riesgo del vendedor al comprador
    • Determina quién asume el riesgo de pérdida o daño de la mercancía y desde qué momento
  3. Reparto de responsabilidades
    • Qué gestiones debe realizar cada parte
    • Qué documentos debe proporcionar cada parte
    • Quién realiza los trámites aduaneros

Novedades INCOTERMS® 2020

Los INCOTERMS® 2020 introdujeron algunas modificaciones respecto a la versión anterior (2010):

  • DPU sustituye al antiguo DAT (Delivered at Terminal)
  • Diferente nivel de cobertura de seguro entre CIF y CIP
  • Posibilidad en FCA de emitir un B/L con embarque a bordo
  • Posibilidad de transporte con medios propios en FCA, DAP, DPU y DDP
  • Mayor detalle en la asignación de costes
  • Inclusión de requisitos relacionados con la seguridad en las obligaciones de transporte

Importancia en la operativa aduanera

Los INCOTERMS® tienen relevancia aduanera en varios aspectos:

  • Determinan quién debe realizar el despacho de exportación e importación
  • Influyen en el cálculo del valor en aduana (especialmente en la inclusión de los gastos de transporte y seguro)
  • Afectan a las responsabilidades relacionadas con las inspecciones y controles
  • Determinan quién debe obtener licencias y autorizaciones

Es esencial que todos los involucrados en operaciones de comercio exterior (exportadores, importadores, transitarios, agentes de aduanas, transportistas) conozcan y apliquen correctamente los INCOTERMS®, especificándolos claramente en los contratos comerciales para evitar malentendidos y disputas.

La aduana y la empresa

La figura de los distintos integrantes de la empresa y su interacción con la aduana

Las operaciones aduaneras implican la participación de diversos departamentos y profesionales dentro de una empresa, cada uno con responsabilidades específicas:

Departamento de Comercio Exterior

Principal responsable de las relaciones con clientes y proveedores internacionales:

  • Negociación de condiciones comerciales y INCOTERMS®
  • Gestión de pedidos internacionales
  • Seguimiento de entregas
  • Coordinación con otros departamentos
  • Conocimiento básico de requisitos aduaneros y documentales

Departamento de Logística

Encargado de la planificación y ejecución del transporte internacional:

  • Selección de modos de transporte y transportistas
  • Coordinación de operaciones de carga y descarga
  • Gestión de contenedores y otros equipos
  • Seguimiento de envíos
  • Contacto con transitarios y operadores logísticos

Departamento de Compras/Aprovisionamiento

Responsable de la adquisición de mercancías en mercados internacionales:

  • Selección de proveedores internacionales
  • Negociación de precios y condiciones de entrega
  • Verificación de cumplimiento de requisitos técnicos
  • Comunicación con proveedores sobre requisitos documentales

Departamento Financiero

Gestiona los aspectos financieros y fiscales de las operaciones:

  • Control de los costes aduaneros y arancelarios
  • Gestión de garantías aduaneras
  • Contabilización de importaciones y exportaciones
  • Gestión del IVA a la importación
  • Control de regímenes económicos y sus implicaciones fiscales

Departamento de Calidad y Cumplimiento Normativo

Vela por el cumplimiento de estándares y normativas:

  • Certificación de conformidad con estándares técnicos
  • Obtención de homologaciones y certificaciones
  • Cumplimiento de requisitos sanitarios, fitosanitarios, etc.
  • Gestión de inspecciones y controles
  • Mantenimiento de registros de cumplimiento

Responsable de Aduanas

En empresas con volumen significativo de operaciones internacionales:

  • Supervisión global de todas las operaciones aduaneras
  • Definición de estrategia aduanera de la empresa
  • Optimización de procedimientos aduaneros
  • Relación con autoridades aduaneras
  • Gestión de autorizaciones aduaneras especiales (OEA, regímenes especiales, etc.)
  • Formación interna sobre cuestiones aduaneras

La eficaz interacción entre estos departamentos resulta crucial para el éxito de las operaciones aduaneras. Un flujo de información adecuado, procedimientos bien definidos y una clara asignación de responsabilidades evitan errores, retrasos y costes innecesarios.

Es recomendable establecer un comité o grupo de trabajo interdepartamental para coordinar las cuestiones aduaneras, especialmente en empresas con operaciones internacionales complejas o voluminosas.

Tipo de empresa: logístico vs. transitario vs. representante aduanero

En el ecosistema de la operativa aduanera interactúan diversos tipos de empresas especializadas, cada una con funciones y responsabilidades específicas:

Empresa Logística

Las empresas logísticas ofrecen soluciones integrales para la gestión de la cadena de suministro:

  • Funciones principales:
    • Almacenamiento y gestión de inventarios
    • Transporte nacional e internacional
    • Preparación de pedidos
    • Distribución capilar
    • Servicios de valor añadido (etiquetado, embalaje, etc.)
    • Gestión integral de la cadena de suministro
  • Características:
    • Suelen disponer de infraestructura propia (almacenes, flota)
    • Ofrecen soluciones personalizadas según necesidades del cliente
    • Pueden subcontratar servicios específicos
    • Muchas han evolucionado hacia operadores logísticos integrales (3PL/4PL)
  • Relación con la aduana:
    • Indirecta, generalmente a través de representantes aduaneros
    • Posibles titulares de almacenes de depósito temporal (ADT)
    • Pueden tener certificación OEA

Transitario

Los transitarios (freight forwarders) actúan como organizadores del transporte internacional:

  • Funciones principales:
    • Organización del transporte internacional multimodal
    • Contratación de transportistas
    • Consolidación de cargas
    • Asesoramiento en comercio exterior
    • Gestión documental relacionada con el transporte
    • Seguimiento de envíos
  • Características:
    • No suelen disponer de medios de transporte propios
    • Actúan como “arquitectos del transporte”
    • Conocimiento especializado de rutas, costes y opciones de transporte
    • Red de corresponsales internacionales
  • Relación con la aduana:
    • Muchos transitarios están habilitados como representantes aduaneros
    • Gestionan documentación para trámites aduaneros
    • Pueden ofrecer asesoramiento en materia aduanera
    • A menudo cuentan con certificación OEA

Representante Aduanero

Los representantes aduaneros (anteriormente conocidos como agentes de aduanas) están específicamente autorizados para gestionar trámites aduaneros:

  • Funciones principales:
    • Representación ante la aduana
    • Preparación y presentación de declaraciones aduaneras
    • Cálculo y gestión de derechos arancelarios e impuestos
    • Asesoramiento en clasificación arancelaria
    • Orientación sobre regímenes aduaneros
    • Gestión de inspecciones y controles
  • Características:
    • Requieren habilitación específica
    • Conocimiento especializado en normativa aduanera
    • Responsabilidad legal sobre la correcta declaración
    • Pueden actuar en representación directa o indirecta
  • Relación con la aduana:
    • Interlocutores directos con la autoridad aduanera
    • Acceso a sistemas informáticos aduaneros
    • Pueden prestar garantías para operaciones aduaneras
    • Muchos cuentan con certificación OEA

Comparativa y tendencias

La distinción entre estas figuras se ha ido difuminando en los últimos años:

  • Muchos transitarios han incorporado servicios de representación aduanera
  • Las empresas logísticas han ampliado su oferta hacia servicios transitarios y aduaneros
  • Algunos representantes aduaneros han evolucionado hacia servicios de transitario o consultoría integral de comercio exterior

Esta integración responde a la demanda de servicios “one-stop-shop” por parte de importadores y exportadores, que buscan simplificar su cadena de proveedores y contar con interlocutores que gestionen integralmente sus operaciones internacionales.

Sin embargo, cada figura mantiene su especialización y valor añadido específico, siendo habitual la colaboración entre ellas para operaciones complejas o que requieren conocimientos muy especializados.

La Administración de aduanas: funcionamiento

La Administración de Aduanas constituye el conjunto de organismos públicos encargados de aplicar la legislación aduanera y recaudar los tributos relacionados con el comercio exterior. Su estructura y funcionamiento varían según cada país, pero mantienen elementos comunes.

Estructura en la Unión Europea

La administración aduanera en la UE funciona a dos niveles:

  1. Nivel comunitario: La Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (DG TAXUD) de la Comisión Europea:
    • Propone legislación aduanera
    • Supervisa la aplicación uniforme del Código Aduanero
    • Gestiona la política arancelaria común
    • Desarrolla sistemas informáticos comunitarios
    • Coordina programas de cooperación aduanera
  2. Nivel nacional: Las administraciones aduaneras de cada Estado miembro:
    • Aplican la legislación aduanera comunitaria
    • Control de fronteras exteriores
    • Recaudación de derechos aduaneros e impuestos
    • Lucha contra el fraude y el tráfico ilícito
    • Aplicación de prohibiciones y restricciones nacionales

Estructura en España

En España, la administración aduanera está integrada en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT):

  1. Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales: Dirección nacional
    • Subdirección General de Gestión Aduanera
    • Subdirección General de Gestión e Intervención de Impuestos Especiales
    • Subdirección General de Vigilancia Aduanera
    • Subdirección General de Relaciones Internacionales
  2. Dependencias Regionales de Aduanas e II.EE.: Nivel regional
    • Coordinación y supervisión de aduanas en su ámbito territorial
    • Resolución de recursos
    • Inspección regional
  3. Administraciones de Aduanas: Nivel local
    • Despacho de mercancías
    • Control físico y documental
    • Recaudación
    • Vigilancia y control de recintos aduaneros

Funcionamiento operativo

El funcionamiento diario de las aduanas se articula en varios procesos clave:

  1. Despacho aduanero:
    • Circuito naranja: Control documental
    • Circuito rojo: Control físico y documental
    • Circuito verde: Levante automático
  2. Control a posteriori:
    • Verificaciones documentales posteriores al despacho
    • Auditorías en las instalaciones del operador
    • Investigaciones específicas
  3. Gestión de riesgos:
    • Análisis de datos para identificar operaciones de riesgo
    • Aplicación de filtros y perfiles de riesgo
    • Selectividad en los controles
  4. Servicios a operadores:
    • Información arancelaria vinculante
    • Información vinculante de origen
    • Resoluciones sobre regímenes especiales
    • Atención y asistencia a operadores

Modernización y digitalización

Las administraciones aduaneras han experimentado una profunda transformación digital:

  • Declaraciones electrónicas: Obligatorias en la UE
  • Ventanilla Única Aduanera: Coordinación con otros organismos
  • Análisis de datos: Big data para mejorar controles y servicios
  • Precinto electrónico: Seguimiento y control de movimientos
  • Reconocimiento automático de matrículas y contenedores
  • Escáneres y tecnologías no intrusivas de inspección

La coordinación internacional se ha intensificado mediante:

  • Operaciones aduaneras conjuntas
  • Intercambio sistemático de información
  • Asistencia mutua entre administraciones
  • Reconocimiento mutuo de programas como el OEA

El objetivo de esta modernización es lograr un equilibrio entre facilitación del comercio legítimo y control eficaz, aplicando el principio de “control basado en riesgos” para centrar los recursos en las operaciones más problemáticas.

El operador económico autorizado

La figura de confianza en el ámbito aduanero internacional: la OEA

El Operador Económico Autorizado (OEA) constituye una certificación reconocida internacionalmente que acredita a operadores económicos como socios fiables y seguros en el comercio internacional. Este estatus, implementado en la UE desde 2008, se inspira en el marco normativo SAFE de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

Concepto y fundamentos

El programa OEA se basa en la colaboración entre aduanas y empresas, estableciendo una relación de confianza mutua mediante:

  • Cumplimiento verificado de requisitos aduaneros y fiscales
  • Gestión adecuada de registros comerciales
  • Solvencia financiera demostrada
  • Estándares apropiados de seguridad y protección
  • Sistemas de gestión comercial adecuados

Esta certificación responde a dos objetivos fundamentales:

  1. Aumentar la seguridad de la cadena de suministro internacional
  2. Facilitar el comercio legítimo reduciendo controles y simplificando procedimientos

Tipos de certificación OEA

En la Unión Europea existen tres modalidades de certificación:

  1. OEA-C (Simplificaciones aduaneras):
    • Enfocado en el cumplimiento normativo y la gestión eficiente
    • Permite acceder a procedimientos simplificados
    • Requiere historial de cumplimiento, sistema eficaz de gestión y solvencia financiera
  2. OEA-S (Protección y seguridad):
    • Centrado en la seguridad de la cadena logística
    • Reduce controles de seguridad en fronteras
    • Exige medidas específicas de seguridad física, de personal y de socios comerciales
  3. OEA-F (Completo = C+S):
    • Combina los beneficios de ambas modalidades
    • Es la certificación más completa y con mayores ventajas
    • Requiere cumplir todos los requisitos de ambas modalidades

Requisitos para la certificación

Para obtener la certificación OEA, los operadores deben cumplir diversos requisitos:

  1. Historial satisfactorio de cumplimiento:
    • Ausencia de infracciones graves o reiteradas
    • Procedimientos adecuados para detectar irregularidades
  2. Sistema adecuado de gestión comercial y de transporte:
    • Trazabilidad de las operaciones
    • Procedimientos de control interno
    • Gestión adecuada de licencias y autorizaciones
  3. Solvencia financiera acreditada:
    • Situación financiera saneada
    • Capacidad para cumplir compromisos
    • Ausencia de procedimientos concursales
  4. Niveles adecuados de protección y seguridad (para OEA-S y OEA-F):
    • Seguridad de instalaciones
    • Controles de acceso
    • Seguridad de socios comerciales
    • Seguridad del personal
    • Seguridad de la carga
    • Seguridad informática

Beneficios de la certificación OEA

Los operadores certificados como OEA disfrutan de numerosas ventajas:

  1. Facilidades en los procedimientos aduaneros:
    • Menor número de controles físicos y documentales
    • Prioridad en los controles cuando son seleccionados
    • Posibilidad de elegir el lugar de control
    • Reconocimiento como socio de confianza
    • Notificación previa de control
  2. Simplificaciones aduaneras (para OEA-C y OEA-F):
    • Acceso más fácil a simplificaciones aduaneras
    • Despacho centralizado
    • Autoevaluación
    • Garantías reducidas o exención
  3. Beneficios indirectos:
    • Reducción de robos y pérdidas
    • Menos retrasos en envíos
    • Mejor planificación
    • Mejora en la relación con clientes
    • Mejor reputación
  4. Reconocimiento internacional:
    • Acuerdos de reconocimiento mutuo con terceros países (EE.UU., Japón, China, etc.)
    • Facilidades en exportaciones a estos países

Proceso de obtención y mantenimiento

El proceso para obtener la certificación OEA incluye:

  1. Autoevaluación mediante cuestionario específico
  2. Solicitud formal ante la autoridad aduanera
  3. Auditoría por parte de los servicios de auditoría aduanera
  4. Plan de mejora si se detectan deficiencias
  5. Concesión del certificado con validez indefinida

Para mantener el estatus OEA es necesario:

  • Mantener el cumplimiento de los requisitos
  • Informar a la aduana sobre cambios relevantes
  • Someterse a reevaluaciones periódicas
  • Implementar mejoras cuando sean requeridas

Implantación internacional

El programa OEA se ha extendido globalmente, con programas equivalentes en más de 80 países:

  • C-TPAT en Estados Unidos
  • AEO en China
  • Programa OEA en países latinoamericanos
  • Programas similares en Japón, Canadá, etc.

La OMA promueve acuerdos de reconocimiento mutuo entre estos programas, creando un sistema global de operadores de confianza que disfrutan de facilidades en el comercio internacional.

Para las empresas con actividad internacional, la certificación OEA se ha convertido en un estándar casi imprescindible, que no solo facilita las operaciones aduaneras sino que aporta un valor diferencial en la cadena de suministro global.

Libros sobre procedimientos aduaneros

  1. Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013
  2. Manual de gestión aduanera – Pedro Coll
  3. Incoterms 2020, Reglas de la ICC para el uso de términos comerciales nacionales e internacionales.