¿De quién es la propiedad, de quién es el riesgo? INCOTERMS y las guerras de seguros

En el comercio internacional, la mercancía se transporta no sólo en contenedores, sino también en responsabilidades, documentos y, a menudo, malentendidos. Entonces, ¿quién es realmente el responsable de cualquier daño que pueda ocurrir durante el transporte? ¿Debería el remitente o el destinatario tener seguro? ¿De quién es la propiedad, de quién es el riesgo? Las respuestas a estas preguntas, a menudo, están determinadas por los INCOTERMS (Términos Internacionales de Entrega Comercial).

¿Para qué se utilizan los INCOTERMS?

Los INCOTERMS son el lenguaje común en el comercio global y ayudan a aclarar las responsabilidades del comprador y del vendedor. Términos como FOB (Free on Board), DDP (Delivered Duty Paid), o EXW (Ex Works) especifican quién es el responsable de los productos y hasta qué punto. Pero recuerda: el lenguaje común también está abierto a malentendidos.

¿Método de entrega = Responsabilidad + Riesgo + Seguro?

No. A menudo se piensa así, pero la verdad no es tan simple. Los INCOTERMS sólo cubren los procesos de transporte, entrega y aduanas de las mercancías. El seguro se deja como un elemento “opcional” en la mayoría de los términos. Sólo los términos CIF (Cost, Insurance and Freight) y CIP (Carriage and Insurance Paid To) hacen obligatorio el seguro. El seguro es una zona gris en los métodos de entrega restantes. Y esa zona gris es donde comienzan las “guerras de seguros”.

Guerras de seguros: ¿quién debería hacerlo?

Ejemplo 1: FOB (Free On Board)

  • El vendedor lleva la mercancía al barco.
  • El riesgo pasa al comprador cuando las mercancías se cargan en el barco.
  • ¿A quién le corresponde el seguro?: Al comprador. Porque el riesgo ha pasado a él.

Sin embargo, el vendedor todavía puede tener seguro para garantizar la satisfacción del cliente. Esto puede dar lugar a crisis de “espero una compensación”.

Ejemplo 2: EXW (Ex Works)

  • Las mercancías se reciben desde el almacén del vendedor.
  • El comprador asume todo el transporte y los riesgos.
  • ¿A quién le corresponde el seguro? : Claramente al comprador.

Pero en la práctica, la mayoría de los compradores no pueden organizar este proceso, el transitario interviene y se produce la confusión.

Los INCOTERMS no cubren todo. Los INCOTERMS no son pólizas de seguro. Decir “Dice FOB, así que no soy responsable” no siempre funciona. Si se solicita una compensación al transportista, se debe proporcionar suficiente documentación y evidencia. Muchas partes suponen que los INCOTERMS no son sólo “métodos de entrega” sino también “intención de seguro”. Esta suposición es donde comienzan los problemas.

¿Qué hacer?

  • Añade una Cláusula de Seguro de manera clara a los Contratos: los INCOTERMS no son suficientes. Quién tendrá seguro, el alcance de la póliza y el destinatario deben estar claramente escritos.
  • Clarifica el Punto de Transferencia de Riesgo: la respuesta a la pregunta “¿En el barco, en el puerto o en la frontera?” cambia mucho.
  • Examina la Póliza en CIF y CIP: no te relajes porque haya seguro obligatorio. La cobertura puede ser limitada.
  • Informa a las Partes: informa al vendedor y al comprador sobre las dimensiones de riesgo de los métodos de entrega. Cliente consciente = Menos crisis.

Los INCOTERMS son la piedra angular del comercio, pero no son un castillo por sí mismos. El seguro, por otro lado, es una muralla de castillo. Cada método de entrega lleva su propia transferencia de riesgo; sin embargo, la parte que gestiona ese riesgo a menudo actúa con incertidumbre. Y recuerda: No importa quién sea el dueño de las mercancías, sino a quién le quemará el bolsillo el daño.